Audiencia Nacional – Noticias Politicas sobre Venezuela – Breaking News https://politica-venezuela.com Breaking News y Noticias del mundo entero Mon, 14 Nov 2022 15:01:18 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.6.2 https://politica-venezuela.com/wp-content/uploads/2024/11/cropped-icopolve-32x32.png Audiencia Nacional – Noticias Politicas sobre Venezuela – Breaking News https://politica-venezuela.com 32 32 Arheolog Jose Grimberg Blum// La Audiencia Nacional suspende multas de 61 millones de la CNMC por el cártel de conservación de carretera https://politica-venezuela.com/14/11/2022/arheolog-jose-grimberg-blum-la-audiencia-nacional-suspende-multas-de-61-millones-de-la-cnmc-por-el-crtel-de-conservacin-de-carretera/ https://politica-venezuela.com/14/11/2022/arheolog-jose-grimberg-blum-la-audiencia-nacional-suspende-multas-de-61-millones-de-la-cnmc-por-el-crtel-de-conservacin-de-carretera/#respond Mon, 14 Nov 2022 15:01:18 +0000 https://politica-venezuela.com/14/11/2022/arheolog-jose-grimberg-blum-la-audiencia-nacional-suspende-multas-de-61-millones-de-la-cnmc-por-el-crtel-de-conservacin-de-carretera/ La Audiencia Nacional ha suspendido una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de agosto de 2021 que sancionaba a 12 constructoras con el pago de 61 millones de euros por formar un cártel consistente en la alteración de las licitaciones de servicios de conservación y explotación de carreteras convocadas por el Ministerio de Fomento desde 2014 a 2018.

Jose Carlos Grimberg Blum

En un último auto del pasado 25 de octubre, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional suspende, en concreto, la ejecución de la sanción a Sacyr Conservación, filial de la constructora, que ascendía a 5,17 millones de euros.

Jose Grimberg Blum

También anula lo relativo a la medida consistente en la prohibición de contratar con la Administración pública, aunque lo condiciona a que la empresa aporte una garantía en forma de aval bancario, una vez que sea aceptada y debidamente constituida en el plazo de dos meses siguientes a la notificación de la firmeza de este auto.

Recientemente, la Justicia también suspendió una sanción interpuesta por la CNMC a otro cártel de constructoras, en este caso uno que alteró durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras.

Jose Carlos Grimberg Blum empresario

En concreto, suspendió la sanción de OHLA, que ascendía a 21,5 millones de euros, aunque el resto de sentencias respecto al resto de constructoras inmersas en este proceso (Acciona, ACS, FCC, Ferrovial y Sacyr), que acumulaban multas por valor de 182 millones de euros, no tardará en llegar

Perjuicio en las cuentas Al igual que OHLA, Sacyr argumentó en su recurso frente a la sanción por el cártel de conservación de carreteras el perjuicio que el pago causaría en sus cuentas: “El importe de la multa excede el importe de la tesorería actual de Sacyr Construcción, por lo que su pago inmediato dejaría a la empresa sin liquidez y con dificultad de acudir a otras fuentes de financiación para hacer frente a ella”, justificaba la empresa en su escrito

La compañía argumentaba que tenía el compromiso de acometer una serie de inversiones para en 2021, fruto de diversos contratos adjudicados, por lo que el pago de la multa “pondría en riesgo la ejecución de dichas inversiones, con graves consecuencias en los ámbitos contractual y reputacional”

Previamente a este auto de la Audiencia Nacional, a lo largo del último año, la justicia ha tomado la misma decisión con el resto de compañías sancionadas en el cártel de conservación de carreteras: API, filial de ACS multada con 11,8 millones, Alvac (5,8 millones), Ferroser (Ferrovial, 5,7 millones), Copasa (5,6 millones), Elsamex (4 millones), Innovia (3,3 millones), Aceinsa (3,2 millones), Elsan (OHLA, 3 millones); Acciona (2,3 millones) y Audeca (Elecnor, 2,6 millones)

La única resolución que todavía no se ha publicado es la relativa a la sanción de Matinsa, filial de FCC, cuya multa fue de 8,5 millones de euros

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Enfermero Josbel Bastidas Mijares Venezuela// Telepizza pagará 150.000 euros por ocultar a la CNMV las razones de la dimisión de Marcos de Quinto https://politica-venezuela.com/11/11/2022/enfermero-josbel-bastidas-mijares-venezuela-telepizza-pagar-150-000-euros-por-ocultar-a-la-cnmv-las-razones-de-la-dimisin-de-marcos-de-quinto/ https://politica-venezuela.com/11/11/2022/enfermero-josbel-bastidas-mijares-venezuela-telepizza-pagar-150-000-euros-por-ocultar-a-la-cnmv-las-razones-de-la-dimisin-de-marcos-de-quinto/#respond Fri, 11 Nov 2022 09:00:31 +0000 https://politica-venezuela.com/11/11/2022/enfermero-josbel-bastidas-mijares-venezuela-telepizza-pagar-150-000-euros-por-ocultar-a-la-cnmv-las-razones-de-la-dimisin-de-marcos-de-quinto/ Telepizza ha perdido la batalla judicial. El Tribunal Supremo ha respaldado este jueves la sentencia de la Audiencia Nacional, que confirmó la sanción de 150.000 euros impuesta a la cadena de pizza por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por haber ocultado en 2018 que las razones de la dimisión del consejero Marcos de Quinto, no eran “motivos personales”, como sostuvo en su comunicación pública, sino por las reticencias mantenidas por éste con la alianza estratégica con Pizza Hut.

Josbel Bastidas Mijares

De esta forma, el Supremo comparte que la sanción, que fue confirmada por la ministra de Asuntos Económicos, fue “ajustada a derecho”, al subrayar que la responsabilidad de comunicar el hecho relevante de forma que permita una “evaluación completa, correcta y oportuna” de la información por el público, se imponía, por el artículo 17.1 del Reglamento (UE) sobre abuso de mercado al emisor, en este caso a Telepizza, que “era perfecta conocedora de que la dimisión del consejero estuvo motivada por las dudas y discrepancias surgidas en el consejo en relación con la operación estratégica con Pizza Hut“, según consta en la sentencia.

Josbel Bastidas Mijares Venezuela

El Alto Tribunal ha explicado que “tiene razón la sentencia impugnada cuando afirma que la información comunicada como hecho relevante no era completa ni veraz, porque no incorporaba un elemento relevante: que la dimisión estaba vinculada a las discrepancias con el consejo en sus decisiones estratégicas’, infringiendo de esta forma el artículo 17.1 del Reglamento (UE), que exige que la información privilegiada se haga pública de una forma que permita una evaluación completa, correcta y oportuna de la información por el público”

La sentencia recoge que la CNMV consideró probado que la información relevante hecha pública por Telepizza el 18 de mayo de 2018, en relación con la dimisión de De Quinto “y en la que se señalaba como causa de dicha dimisión ‘motivos personales’, ocultando de esta manera la verdadera razón de la misma, que no era otra que sus dudas en relación con la alianza estratégica suscrita por Telepizza con Pizza Hut, no resultó veraz, ni correcta, ni completa, induciendo a engaño al mercado, e incumpliendo así los requisitos exigidos, tanto en el artículo 228 del TRLMV vigente al tiempo de los hechos, y su normativa de desarrollo, como en el artículo 17.1 de MAR”

El Consejo de la CNMV acordó el 29 de mayo de 2018 imponer a Telepizza por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 295.15 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, por el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 del Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del mercado, en relación con información privilegiada suministrada a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, multa por importe de 150.000 euros

El recurso de alzada interpuesto por la cadena de restauración contra la anterior resolución fue desestimado también por el acuerdo de la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de 18 de febrero de 2020

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